viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº5064

Actualidad | 22 feb 2020

¿Cómo denunciar por cobros adicionales con la tarjeta alimentaria?

Deberán comunicarse con Defensa del Consumidor, por teléfono o en la sede de Av. San Martín 3339. La tarjeta solo puede ser usada para la compra de alimentos de la canasta básica, excluyendo bebidas alcohólicas.


El área municipal de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial recordó que los comercios “no deben cobrar comisiones por abonar con la tarjeta” AlimentAR; además habilitó su línea telefónica gratuita 0800 222 9807 para que se puedan denunciar eventuales tergiversaciones por el uso de la misma.

La dependencia también atiende a los ciudadanos varelenses en su sede ubicada en avenida San Martín Nro. 3.339, de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas.

Vale recordar que AlimentAR forma parte de una política de complemento integral alimentario, implementada por la presidencia de la Nación, a través de su Ministerio de Desarrollo Social, en el marco del Plan Argentina contra el Hambre.

La tarjeta no sirve para extraer dinero en efectivo; solo puede ser usada para la compra de alimentos de la canasta básica, excluyendo bebidas alcohólicas; y el Estado nacional la recarga el tercer viernes de cada mes.

Respecto al uso del plástico en los comercios, vale recordar que el 26 de enero último, el ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, consignó en redes sociales que "ningún comerciante debe cobrar recargo o comisión por la Tarjeta Alimentar", y anticipó: "no vamos a tolerar abusos ni maniobras especulativas o irregulares".

Es en ese marco que, desde el Municipio, para contribuir con el óptimo funcionamiento de la iniciativa, y defender los derechos de los usuarios, habilitó al organismo local, dependiente de la secretaría de Gobierno para recibir las denuncias.

La tarjeta AlimentAR está vigente para más de 21 mil titulares varelenses, entre los que se encuentran personas que perciben la Asignación Universal por Hijo con hijas e hijos de hasta seis años inclusive; embarazadas a partir de los tres meses que cobren la Asignación por Embarazo para Protección Social; y personas con discapacidad que cobran la Asignación Universal por Hijo, sin límite de edad.

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