Actualidad | 29 dic 2024
Este es el nuevo límite de transferencias por día en Mercado Pago y Modo para evitar ser investigadas por ARCA
La ex AFIP estableció los límites para las transacciones diarias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, ha establecido un marco regulatorio para determinar el número de transferencias diarias que se pueden realizar sin ser objeto de investigación. El objetivo es garantizar la transparencia en las transacciones financieras y prevenir el lavado de dinero y la evasión fiscal.
¿Quiénes están bajo la lupa de ARCA?
ARCA tiene la facultad de analizar:
- Transferencias bancarias: realizadas a través de cuentas tradicionales.
- Operaciones con billeteras virtuales: que también están sujetas a monitoreo.
Aunque el organismo evalúa las operaciones mensuales, puede investigar a usuarios que realicen múltiples transferencias diarias si estas resultan sospechosas.
Límites de transferencia establecidos por las entidades
Las instituciones financieras y las billeteras virtuales imponen topes diarios para las transferencias, que pueden variar según la entidad:
- Bancos tradicionales: hasta $8.000.000 diarios.
- MODO: máximo de $2.000.000 por día.
- Mercado Pago: límite de $500.000 diarios.
Estos montos pueden ajustarse en función de la situación crediticia de cada cliente o usuario.
Topes de saldo en billeteras virtuales
ARCA también regula los saldos en billeteras virtuales y los movimientos financieros:
- Saldos iguales o superiores a $700.000: deben ser reportados por las entidades financieras.
- Ingresos y egresos no justificados superiores a $400.000: están sujetos a investigación.
Según la Resolución General N°4298, las billeteras virtuales son responsables de reportar transacciones, saldos y consumos que superen los límites establecidos, asegurando que los fondos provengan de fuentes legítimas.
Documentación requerida en caso de investigación
Si ARCA detecta movimientos financieros inusuales o sospechosos, puede solicitar la siguiente documentación:
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia de inscripción en el monotributo.