Actualidad | 27 dic 2024
Calendario 2025: estos son todos los feriados del nuevo año y los tres días no laborables
Febrero y septiembre son los únicos meses sin feriados en 2025.
El Gobierno nacional anunció el cronograma de feriados y días no laborables para 2025, según lo establecido por la Ley 27.399 y el decreto 1027/2024, que regula los feriados con fines turísticos. Este calendario incluirá un total de 19 feriados nacionales, tres feriados puente y tres días no laborables puente.
Calendario de feriados nacionales 2025
Enero
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Miércoles 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Marzo
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Lunes 3 y martes 4: Carnaval (feriados inamovibles).
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Lunes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
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Lunes 31: Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (día no laborable).
Abril
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Miércoles 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible).
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Jueves 17: Jueves Santo (día no laborable).
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Viernes 18: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
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Jueves 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
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Viernes 2: Día no laborable puente.
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Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
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Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17).
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Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
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Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Agosto
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Viernes 15: Día no laborable puente.
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Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).
Octubre
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Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
Noviembre
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Viernes 21: Día no laborable puente.
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Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20).
Diciembre
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Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
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Jueves 25: Navidad (feriado inamovible).
Diferencias entre feriados y días no laborables
Es importante distinguir entre feriados y días no laborables:
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Feriados: Tienen carácter obligatorio. Esto significa que la actividad laboral queda suspendida para todos los sectores.
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Días no laborables: Quedan sujetos a la decisión de los empleadores. En la Administración Pública Nacional, estos días se consideran de asueto, lo que implica que no hay actividades administrativas, educativas ni bancarias.