jueves 6 de noviembre de 2025 - Edición Nº5623

Actualidad | 1 Oct 2021

¿Qué actividades se permiten a partir de octubre?

Desde el 1 de este mes rigen las nuevas medidas que implican el 50% de aforo en lugar cerrados como boliches o salones de fiestas, al igual que en eventos masivos de más de 1000 personas.


TAGS: FIESTAS, BOLICHES

El Gobierno emitió un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, el DNU 678/21, que dispone nuevas medidas preventivas generales y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario entre el viernes 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2021, siempre bajo las medidas preventivas ante la pandemia del coronavirus.

Inc. c. Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados, podrán utilizar, como máximo, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la capacidad autorizada, salvo en los casos en que expresamente esté previsto un aforo menor por normativa vigente. Además, deberán requerir a quienes concurran a estas actividades, esquema completo de vacunación ocurrido al menos CATORCE (14) días antes de la actividad;

Inc. d. Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados, podrán utilizar, como máximo, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la capacidad autorizada, salvo en los casos en que expresamente esté previsto un aforo menor por normativa vigente. Además, deberán requerir a quienes concurran a estas actividades, esquema completo de vacunación ocurrido al menos CATORCE (14) días antes del evento, o test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a CUARENTA Y OCHO (48) horas.

Inc. e. Eventos masivos de más de MIL (1000) personas:

i. Los que se realicen en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas que concurran, que cuenten con esquema completo de vacunación ocurrido al menos CATORCE (14) días antes del evento, o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a CUARENTA Y OCHO (48) horas.

ii: Los que se realicen en espacios al aire libre podrán utilizar, como máximo, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas concurrentes mayores de DIECIOCHO (18) años que cuenten con, al menos, una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, con una antelación de CATORCE (14) días antes del evento.

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