viernes 7 de noviembre de 2025 - Edición Nº5624

Actualidad | 23 Apr 2020

¿Por qué se preserva la identidad de los casos positivos de Coronavirus?

Los datos personales de las personas afectadas con Covid-19 no pueden ser revelados, excepto que haya consentimiento explícito del paciente.


La Ley 25.326 de Protección de Datos Personales en Argentina pone al resguardo la identidad de los casos postivos de coronavirus. Ante el requerimiento de los ciudadanos por dar a conocer los nombres y ubicaciones de los infectados, en nuestro país el hecho es ilegal.

La única excepción es que haya un consentimiento explícito del paciente afectado con Covid-19.

La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) realizó un repaso a los principios fundamentales en la regulación vigente en Argentina respecto a los datos personales de salud.

  • Los datos de salud son una categoría de datos sensibles y en consecuencia merecen una protección más rigurosa (artículos 2 y 7 – Ley 25.326).
  • La divulgación del nombre de un paciente que padezca de coronavirus requiere de su consentimiento (artículo 5 – Ley 25.326).
  • Los establecimientos sanitarios y los profesionales de la salud pueden procesar y cederse entre sí datos de los pacientes, siempre y cuando cumplan con el secreto profesional (artículo 8 – Ley 25.326).
  • La obligación de secreto profesional subsistirá aun después de finalizada la relación con el paciente (artículo 10 – Ley 25.326).
  • Para usar la información del paciente con fines incompatibles con su tratamiento médico, se debe requerir su consentimiento pleno, libre e informado (artículo 4, inciso 3 y artículo 5 – Ley 25.326)
  • El Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios provinciales se encuentran facultados a requerir, recolectar, cederse entre sí o procesar de cualquier otro modo información de salud sin consentimiento de los pacientes, conforme a las competencias explícitas e implícitas que les hayan sido conferidas por ley (artículo 5, inciso 2 b y artículo 11, inciso 3 b – Ley 25.326).
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